La metodología BIM de las inversiones

Nilton Silva
Por: Nilton Silva
Docente de la EPG Continental

El BIM (Building Information Model), o el Modelamiento de la Información para Construcción, se ha definido como una metodología aplicada a la formulación y ejecución de proyectos que contienen componentes de infraestructura. La evolución de esta metodología se encuentra en pasar del uso de planos a un trabajo colaborativo. Concentrando toda la información del proyecto en un modelo de información digital creado por todos los agentes participantes, tales como la información geométrica (3D), de tiempos (4D), de costos (5D), ambiental (6D) y de mantenimiento (7D) (MEF, 2020).

 

¿Es obligatorio el BIM en las inversiones?


En nuestro país, el Plan BIM se viene implementando como una medida de política, con el objetivo de contar con una gestión transparente y lograr la reducción de plazos y costos en los proyectos de inversión pública y dotar al país de infraestructura económica y social de calidad (MEF, D.S. N° 237-2019-EF).

 

Asimismo, en la normatividad de contrataciones se establece que las entidades que ejecuten obras públicas pueden mediante Decreto Supremo establecer los criterios para la incorporación progresiva del BIM para la ejecución de sus obras, en las etapas de diseño, durante su construcción, operación y hasta su mantenimiento (PCM, D.L. N° 144 - 2018) y (TUO de la LCE, 2019).

 

 

El Bim de las Inversiones

 

El Ministerio de Economía y Finanzas es el encargado de emitir las metodologías y disposiciones para la implementación progresiva del BIM (Reglamento Invierte.pe, D.S. N° 284-2018-EF). En dicho marco, ya se cuentan con las disposiciones para su implementación progresiva en la inversión pública mediante el Plan BIM Perú (Disposiciones BIM Perú, D.S. N° 289-2019-EF).

 

Además, las entidades del Gobierno Nacional pueden aprobar la aplicación del BIM en las inversiones en su ámbito de responsabilidad (D.L. N° 1486, 2020). De acuerdo a ello, actualmente se cuentan con los lineamientos para su implementación en las inversiones públicas (R.D. Nº007-2020-EF/63.01, MEF 2020). Al ser una implementación progresiva, la normatividad aplica para las entidades que consideren necesaria la implementación del BIM en sus inversiones.

 

¿Cuáles son los beneficios del BIM?

 

Samimpay & Saghatforoush (2020) señalan que los beneficios del BIM son la reducción de tiempos y costos, reducción de cambios en el proyecto y pérdidas, incremento de la integración y la interacción entre los involucrados y la reducción de duplicidades.

 

Además, indican que el BIM puede utilizarse en todo el ciclo de vida del proyecto, incluyendo el diseño, la construcción y el mantenimiento. Azhar, Hein, & Sketo (2008) en base a un estudio de 32 proyectos por parte del Stanford University Center for Integrated Facilities Engineering (CIFE), resumen los siguientes beneficios:

    • Hasta el 40% de eliminación de cambios no presupuestados.
    • Precisión en la estimación de costos dentro del 3%.
    • Hasta un 80% de reducción en los tiempos requeridos para la estimación de costos.
    • Un ahorro de hasta el 10% en el valor del contrato derivado de la detección de conflictos.
    • Hasta un 7% de reducción en la duración del proyecto.

También, se indican como beneficios mejoras en la eficiencia, calidad, colaboración, transparencia y tiempos en la ejecución de inversiones en el sector público. Asimismo, que se puede aplicar a cualquier fase del ciclo de inversiones, de manera gradual y de acuerdo a lo establecido en los planes de ejecución BIM de una inversión pública determinada (R.D. Nº007-2020-EF/63.01, MEF 2020).

 

¿Cómo se implementa el BIM?

 

Una vez decidida la implementación del BIM para una determinada inversión, el Plan de Ejecución BIM es el instrumento que contiene las características técnicas, roles, funciones, metodología de trabajo e hitos y productos a entregar, para que la inversión incorpore el Modelo BIM (R.D. Nº007-2020-EF/63.01, MEF 2020).

 

La metodología BIM de las inversiones

 

Sin embargo, se podría establecer una secuencia de pasos sugeridos para que una entidad del Gobierno Nacional implemente la metodología BIM en la ejecución de sus inversiones. La secuencia es primero decidir sobre la aplicación del BIM en el Sector y en los proyectos específicos en que se aplicará y segundo aprobar los criterios para la aplicación del BIM en el ciclo de inversiones (Con una Resolución Ministerial los alcances respecto a Invierte.pe y con Decreto Supremo los aspectos relacionados a la Ley de Contrataciones del Estado). Luego de ello, cualquier entidad puede aplicar los criterios aprobados en sus proyectos específicos priorizados para usar el BIM.  Según la (R.D. Nº007-2020-EF/63.01, MEF 2020) se recomienda establecer un Plan de Ejecución BIM para cada tipo de inversión junto al equipo que ejecutará la misma.

 

    • ¿Qué diferencias de alcance tiene el BIM en las fases del ciclo de inversiones en que se aplica?

Las fases del ciclo de inversiones son cuatro: la Programación Multianual, la Formulación y Evaluación, la Ejecución y el Funcionamiento. (Reglamento Invierte.pe, D.S. N° 284-2018-EF) Sin embargo, se considera que el BIM se puede aplicar en las tres últimas fases, es decir para la formulación y evaluación, la ejecución y el funcionamiento de las inversiones. Sin embargo, que diferencias de alcances hay en cada fase es la propuesta que se sugiere a continuación:

 

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De acuerdo a lo anterior, se puede observar que el Modelo BIM es un producto que se construye en la fase de formulación y en la elaboración del expediente técnico. Este producto es utilizado para el desarrollo de la ejecución de la obra. En el caso de la opción 1 la recomendación es que como parte de la formulación de los estudios se incorpore la actividad de migración de la información geométrica en 2D que tradicionalmente se genera a un modelo BIM.

 

Sin embargo, se considera que el futuro indica que todos los insumos se deberán generar de acuerdo a los requerimientos del modelo BIM. Lo anterior se repite en el caso de la elaboración del expediente técnico. Sin embargo, para la ejecución, se considera que esta debe llevarse a cabo ya utilizando de manera completa el Modelo BIM, dado que ya todo el modelo estaría completo en ambas opciones. Lo mismo para la utilización de la información generada para el mantenimiento en la fase de funcionamiento.

 

Si deseas conocer más sobre el BIM, te invitamos a ser parte del Programa de especialización en Dirección y Gestión de Proyectos con BIM Construction.

 

Programa de Especialización en Gestión e Implementación BIM para Proyectos de Inversión[1] Azhar, S., Hein, M., & Sketo, B. (2008). Building Information Modeling (BIM): Benefits, Risks and Challenges. Alabama: Auburn University.
[2] D.L. N° 1486, P. (2020). DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA MEJORAR Y OPTIMIZAR LA EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES PÚBLICAS. Lima: El Peruano.
[3] Disposiciones BIM Perú, M. (D.S. N° 289-2019-EF). APRUEBAN DISPOSICIONES PARA LA INCORPORACIÓN PROGRESIVA DE BIM EN LA INVERSIÓN PÚBLICA. Lima: El Peruano.
[4] MEF. (28 de Agosto de 2020). Portal de Inversiones MEF. Obtenido de https://www.mef.gob.pe/es/estrategia-bim-peru/antecedentes
[5] MEF, M. d. (D.S. N° 237-2019-EF). Plan Nacional de Competitividad y Productividad. Lima: Diario El Peruano.
[6] PCM, P. d. (D.L. N° 144 - 2018). Decreto Legislativo que modifica le Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado. Lima: Diario El Peruano.
[7] R.D. Nº007-2020-EF/63.01, M. (MEF 2020). Aprueban los lineamientos para la utilización de la metodología BIM en las inversiones públicas. Lima: Diario El Peruano.
[8] Reglamento Invierte.pe, M. (D.S. N° 284-2018-EF). APRUEBAN EL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1252, DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. Lima: El Peruano.
[9] Samimpay, R., & Saghatforoush, E. (2020). Benefits of Implementing Building Information Modeling (BIM) in Infrastructure Projects. Journal of Engineering, Project, and Production Management, 123-140.
[10] TUO de la LCE, T. Ú. (2019). D.S. N° 082-2019-EF. Lima: Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

 

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