La Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) ha tenido algunos períodos o etapas en el Perú. Hace muchas décadas el Perú era líder en Latinoamérica, ya que, existió una importante institución que daba reglamentos, generaba investigación y hasta capacitaba en temas de SST(1).
Luego de que esta institución fuera desarticulada, hubo un gran período en el que la SST no fue tocada en la mayoría de empresas e instituciones; solo algunas empresas la seguían usando como debería ser (sobre todo las mineras y algunas transnacionales), ya que tenían un fuerte sistema de SST por el hecho que sus regulaciones internacionales y trabajo en coordinación con otros países -con firmes medidas- hacía que ellos deban tener sistemas muy rigurosos.
Esto cambió el 2011, año en el cual se estaba iniciando el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de América, en donde la contraparte norteamericana pidió que el Perú tenga una ley que proteja a los trabajadores. Es en ese contexto que se originó la Ley 29783, que daba las normas generales para el cuidado de la SST en todas las empresas peruanas, públicas y privadas (2).
La ley luego tendría reglamentos, otras leyes de apoyo y demás documentos que verían temas particulares. Por lo que, desde ese momento, las empresas tenían que empezar a velar de manera obligatoria por el cumplir con todas las disposiciones para preservar la salud de sus empleados, desde que inicia el trabajo (con el examen de ingreso), hasta que sale del mismo (con el examen de salida o retiro); con todos los pasos intermedios que están inmersos.
Este marco normativo mejoraría muchos procesos en las empresas, lo que, generaría que se reduzcan tanto las enfermedades ocupacionales como los accidentes en el ámbito laboral(3). Que de por sí es importante en nuestro medio, ya que, aún se dan muchos casos en todos los departamentos del Perú; sin contar los que no se reportan (ya que, se saben que hay un gran subregistro, sobre todo de las enfermedades). Por lo que, es importante su monitorización, incluso, fiscalización.
Por esta razón ahora existe la Superintendencia de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), que fiscaliza y multa a las empresas que no cumplan con las leyes y demás reglamentos (4).
Es por todo lo antes mencionado que las empresas deben dar a conocer a sus trabajadores sus deberes y derechos. Tienen que implementar comités o áreas que velen por la SST de sus empleados, así como, realizar constante capacitación y actualización. Esto ayudará en conjunto a que los trabajadores ingresen saludables a sus puestos, se los vigile durante todo el período laboral y puedan mantenerse así hasta que culmine el vínculo. Además, esto evitará que multen a la empresa (entre otras sanciones), se reduzcan o anulen las posibles enfermedades o accidentes ocupacionales.
Ya no es algo opcional, es una realidad el que cada empresa o trabajador esté empoderado en SST, que sepa lo básico (y algo más) del tema, que sepa exigir a su empleador que se cumpla la ley, que sepan exigir a otros trabajadores que cumplan las normas de SST, que sepa que existen entes que fiscalizan y pueden apoyar a los trabajadores en caso que no se esté velando por su seguridad. Es decir, todo esto en su conjunto se ha realizado para que se cuide la salud de la población económicamente activa, para que en unos años no exista una gran cantidad de personas con dolencias o enfermedades (fruto de sus trabajos o ocupaciones); para que el trabajo sea la forma adecuada de obtener el pan para el hogar, pero que no se descuide la salud o que se tengan repercusiones para cuando los trabajadores se jubilen.
La SST va a cambiar en este contexto de la pandemia, ya que las empresas se tendrán que preparar para:
Esta situación genera que las empresas se vean obligadas a tener un mayor panorama, para que minimicen las pérdidas, cuiden la salud de sus trabajadores, así como afronten de la mejor manera esta crisis mundial.
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REFERENCIAS