Las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) –en adelante población LGBTI– siguen experimentando diversas situaciones de discriminación en diferentes campos del desarrollo.
Ello persiste, principalmente, debido al sistema sexo-género y a la cis-heteronormatividad que establece como personas “normales” a las que encajan dentro de las categorías binarias sexuales y de género. Es decir, por un lado, los hombres/lo masculino y, de otra parte, las mujeres/lo femenino; privilegiando la heterosexualidad como norma “natural” de la sexualidad, no reconociendo y excluyendo todo lo que salga de este marco.
Lo anterior, a pesar de que desde 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) eliminó la homosexualidad de la Clasificación Internacional de Enfermedades, expresando que esta es una “variación natural de la sexualidad humana y no se puede considerar como una condición patológica”[1].
Situación y desafíos actuales
En 2011, el Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos expresó su preocupación señalando que: “En todas las regiones, hay personas que sufren violencia y discriminación debido a su orientación sexual o identidad de género. En muchos casos, la sola percepción de homosexualidad o identidad transgénero pone a las personas en situación de riesgo. Las vulneraciones consisten, entre otras, en asesinatos, violaciones y agresiones físicas, torturas, detenciones arbitrarias, denegación de los derechos de reunión, expresión e información y discriminación en el empleo, la salud y la educación”[2].
Esto dialoga con recientes informes del experto independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género de las Naciones Unidas. Estos informes exponen la persistencia de la violencia y discriminación de la población LGBTI, incluyendo las “terapias de conversión”[3]. Señalan también que la desigualdad se acentúa en contextos de conflictos armados y en la pandemia por el COVID19, razón por la cual experimentan mayores vulnerabilidades y precariedades.
Por su parte, el Banco Mundial, el 2021, ha publicado un estudio sobre la población LGBTI en 16 países, indicando como principal hallazgo que este grupo enfrenta diversas barreras legales discriminatorias, limitando sus oportunidades de vida.
Entre las principales dificultades se advierte el acceso a la educación, los mercados laborales, la protección social y los servicios públicos. Igualmente, vivencian situaciones de discriminación en los espacios públicos, cuando ejercen su derecho de identidad, de participación política y asociación, siendo incluso criminalizados y víctimas de crímenes de odio.
Igualmente, el Banco Mundial señala que el estigma y la exclusión a la población LGBTI limita las posibilidades de un desarrollo económico para los países. A ello se suma lo expuesto por las Naciones Unidas al advertir que en 77 países se penaliza con cárcel o se imparten castigos físicos a este grupo y en al menos cinco países puede aplicarse la pena de muerte; aunque en el resto de países persiste las diferentes expresiones de violencia a las personas LGBTI.
En la misma línea, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó en 2015 un reporte en el que expresa su preocupación sobre la violencia registrada en América contra la población LGBTI o aquellas personas percibidas como tales, así como la escasa respuesta efectiva del Estado frente a dicha problemática.
Al respecto, llama la atención la criminalización a la población LGBTI, las tendencias generales de la violencia (falta de denuncia y estadísticas oficiales, invisibilidad de la violencia, altos niveles de crueldad, represalia a demostraciones públicas de afecto en espacios públicos, asesinatos y ejecuciones extrajudiciales), la violencia sexual, la violencia ejercida con la intención de “modificar” la orientación sexual y la identidad de género, los discursos de odios presente en diferentes espacios incluyendo en funcionarios públicos, así como la intersección de opresiones cuando la población LGBTI también comparte variables en relación a su etnia, edad, condición de migración, clase, etc.
Avances en el marco normativo internacional
Hay algunos avances internacionales en materia de derechos humanos para la población LGBTI. Entre los principales destacan:
- La Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su Art. 3 señala que “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.
- La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en su Art. 1 que “Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.
- El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que creó, en 2016, el mandato de Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
- Los principios de Yogyakarta establecen lineamientos sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género.
Proteger los derechos humanos de la comunidad LGBTI es fundamental para lograr que todos los ciudadanos, sin importar su orientación sexual o identidad de género, puedan vivir plenamente y disfrutar de sus derechos humanos fundamentales.
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[1] OMS. (2015). Avances y desafíos de la situación de las personas LGBT a 15 años de que la homosexualidad dejó de ser considerada una enfermedad. Párr. 2
[2] ONU. (2011). Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual e identidad de género. A/HRC/19/41, p. 3
[3] De acuerdo con el Informe A/HRC/44/53 del Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género esta terapia tiene como objetivo corregir a aquellos que no se ajustan a la norma deseable, es decir a las personas no heterosexuales, generando diversos daños físicos, psicológicos y sexuales; y que vulneran múltiples derechos humanos. Esta se practica en al menos 68 países, siendo altamente frecuentes en América Latina y el Caribe.
* Magíster en Género, Sexualidad y Políticas Públicas. Profesional en ciencias sociales con experiencia senior en la conducción y gestión por resultados de proyectos, programas y políticas públicas en diferentes realidades y campos del desarrollo –impulsadas por entidades públicas, de la sociedad civil y organismos de cooperación internacional–; así como en la incorporación de enfoques de desarrollo sostenible, género, interculturalidad, inclusión social y derechos humanos.